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El principio de igualdad en el régimen general de contratación de las entidades sin ánimo de lucro en el Huila (2017-2019) / David Alejandro Paredes Trujillo, Daniela Rodríguez Gutierrez; Director de Tesis Germán Alfonso López Daza

By: Paredes Trujillo, David Alejandro [autor].
Contributor(s): López Daza, Germán Alfonso [Director].
Neiva: Universidad Surcolombiana; 2024Description: 1 CD-ROM (104 páginas); diagramas, tablas o cuadros; 12 cm.Content type: texto Media type: computadora Carrier type: disco de la computadoraDDC classification: Th MDP 080
Contents:
Introducción -- Tratamiento jurídico de las entidades sin ánimo de lucro en Colombia a partir de la vigencia de la constitución política de 1991, reseña histórica de las entidades sin ánimo de lucro en Colombia, noción de las entidades sin ánimo de lucro, las entidades sin ánimo d lucro en la constitución política de Colombia de 1991 -- Análisis del régimen general de contratación con oferta y régimen especial de tributación, aspectos básicos del régimen general de contratación con oferta, el principio de igualdad entre proponentes en Colombia -- Análisis de igualdad entre proponentes en contratación para ESAL en el Huila, principios de igualdad en contratación para entidades sin ánimo de lucro en Huila, panorama financiero ESAL Huila 2017-2019 en contratación con oferta -- Conclusiones
Dissertation note: Tesis Magíster en Derecho Público Universidad Surcolombiana. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Maestría en Derecho Público 2024 Summary: "A partir de la Constitución de 1991, las Entidades Sin Ánimo de Lucro comenzaron a desempeñar un papel importante en la promoción del bienestar colectivo y la mejora de la calidad de vida de la sociedad, sin embargo, el uso de recursos públicos por estas entidades fue marcado por muchos casos de corrupción por lo que se prohibió otorgarles auxilios o donaciones, y en su lugar se estableció un mecanismo de contratación, en aras de garantizar la transparencia y el uso efectivo de estos recursos. Por tanto, las malas prácticas que en los últimos años fueron identificadas por los órganos de control frente al régimen especial de contratación procedente del artículo 355 de la Constitución de 1991 originaron un cambio en esta regulación con la entrada en vigencia del Decreto 092 de 2017 que buscó que los convenios realizados con las ESAL tengan unos objetivos más específicos, con nuevas reglas que no permitan la mala utilización de este tipo de contratación. Es así como se crea un nuevo escenario para estas entidades, que quieran participar en la contratación con el estado obligándolas de alguna manera a ofertar en el régimen general de contratación. Por ello, esta investigación se centró básicamente en analizar si en el Régimen General de Contratación, las ESAL están sometidas a evaluaciones y requisitos en igualdad de condiciones con otros oferentes, y si se está cumpliendo con el principio de igualdad entre proponentes o si por el contrario, se les están otorgando privilegios en los procesos de contratación."
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Tesis Magíster en Derecho Público Universidad Surcolombiana. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Maestría en Derecho Público 2024

Introducción -- Tratamiento jurídico de las entidades sin ánimo de lucro en Colombia a partir de la vigencia de la constitución política de 1991, reseña histórica de las entidades sin ánimo de lucro en Colombia, noción de las entidades sin ánimo de lucro, las entidades sin ánimo d lucro en la constitución política de Colombia de 1991 -- Análisis del régimen general de contratación con oferta y régimen especial de tributación, aspectos básicos del régimen general de contratación con oferta, el principio de igualdad entre proponentes en Colombia -- Análisis de igualdad entre proponentes en contratación para ESAL en el Huila, principios de igualdad en contratación para entidades sin ánimo de lucro en Huila, panorama financiero ESAL Huila 2017-2019 en contratación con oferta -- Conclusiones

"A partir de la Constitución de 1991, las Entidades Sin Ánimo de Lucro comenzaron a desempeñar un papel importante en la promoción del bienestar colectivo y la mejora de la calidad de vida de la sociedad, sin embargo, el uso de recursos públicos por estas entidades fue marcado por muchos casos de corrupción por lo que se prohibió otorgarles auxilios o donaciones, y en su lugar se estableció un mecanismo de contratación, en aras de garantizar la transparencia y el uso efectivo de estos recursos.
Por tanto, las malas prácticas que en los últimos años fueron identificadas por los órganos de control frente al régimen especial de contratación procedente del artículo 355 de la Constitución de 1991 originaron un cambio en esta regulación con la entrada en vigencia del Decreto 092 de 2017 que buscó que los convenios realizados con las ESAL tengan unos objetivos más específicos, con nuevas reglas que no permitan la mala utilización de este tipo de contratación. Es así como se crea un nuevo escenario para estas entidades, que quieran participar en la contratación con el estado obligándolas de alguna manera a ofertar en el régimen general de contratación.
Por ello, esta investigación se centró básicamente en analizar si en el Régimen General de Contratación, las ESAL están sometidas a evaluaciones y requisitos en igualdad de condiciones con otros oferentes, y si se está cumpliendo con el principio de igualdad entre proponentes o si por el contrario, se les están otorgando privilegios en los procesos de contratación."

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