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| 041 | _aspa | ||
| 100 | 1 |
_9161139 _aOrdoñez Muñoz, Manuela Fernanda _eaut |
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| 245 | 1 | 0 |
_aDerchos laborales de los profesionales de la salud contratado a través de la agremiaciones sindicales en el hospital universitario Hernando Moncaleano Perdomo de Neiva - Huila / _cManuela Fernanda Ordoñez Muñoz; Director Mario César Tejada González; Asesor de Tesis Germán Alfonso López Daza |
| 256 | _aDatos electrónicos (1 archivos:1744 MG) | ||
| 264 | 1 |
_aNeiva: _bUniversidad Surcolombiana, _c2025 |
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| 300 |
_a1 CD-ROM (23 páginas); _bsin ilustraciones; _c12 cm |
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| 336 |
_2rdacontent _atxt _btxt |
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| 337 |
_2rdamedia _ac _bcd |
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| 338 |
_2rdacarrier _acd _bcd |
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| 347 |
_2rda _atexto _bpdf |
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| 502 |
_aTesis _bEspecialista en Derecho Administrativo _cUniversidad Surcolombiana. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Especialización en Derecho Administrativo _d2025 |
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| 505 | _aResumen -- Introducción -- Marco normativo -- Conclusiones | ||
| 520 | _a"Con el establecimiento de la figura del contrato sindical dentro del artículo 482 del Código Sustantivo del Trabajo, se instauró legalmente la posibilidad de contratar a través de asociaciones sindicales, una modalidad de contratación que surgió de las iniciativas de flexibilización en el empleo, incursas en las políticas públicas desarrolladas a lo largo de los años en el país, y que permitió a las entidades públicas irrumpir en la celebración de contratos a través de terceros o de intermediación. La puesta en marcha de dichas políticas, sumadas a la transformación de las instituciones de salud en Empresas Sociales del Estado autónomas, encargadas de la prestación de los servicios de salud, propiciaron el uso de la contratación sindical en entidades públicas como la ESE Hospital Universitario Hernando Moncaleano Perdomo, a personal destinado al ejercicio de labores tanto administrativas como misionales. Aunado a lo anterior, la necesidad recurrente de la prestación de los servicios asistenciales y el establecimiento de los empleos temporales ha incrementado ese auge de las agremiaciones sindicales, convirtiéndose en las mayores proveedoras de personal; por tanto, haciendo un paralelo frente a modalidades de contratación como la vinculación legal y reglamentaria y otro tipo de contratos laborales, los profesionales de salud de las entidades de salud contratados a través de agremiaciones constituyen el mayor porcentaje. El contrato sindical está protegido legal y constitucionalmente, y su adecuada ejecución implicarían beneficios para sus asociados, al tiempo de cumplir con un objeto social; no obstante, en la práctica, su uso se centra en ocultar verdaderas relaciones laborales con el Estado encubiertas bajo asociaciones presuntamente válidas, lo que pone en entredicho la eficacia constitucional cuya finalidad es la protección del trabajador frente a figuras que desnaturalicen la contratación, creando así un trabajador precarizado e inestable. Lo anterior, permite inducir que existe una vulneración a las condiciones laborales de los profesionales de la salud, contratados a través de asociaciones sindicales, en entidades públicas prestadoras de servicios de salud, circunstancia que abre la necesidad de analizar esta modalidad de contratación para establecer si la misma afecta las condiciones laborales de los trabajadores, a través de la descripción de la relación laboral entre aquellas partes." | ||
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_9136659 _aTejada González, Mario César, _edrt |
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