000 | nam a22 7a 4500 | ||
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999 |
_c49653 _d49653 |
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005 | 20240916080434.0 | ||
008 | 240910e2024 ck a||ofsm||| 00| 0 spa d | ||
040 |
_aCO-NeUS _bspa _erda |
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041 | _aspa | ||
100 | 1 |
_9158740 _aValentina, González Olaya _eaut |
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245 | 1 | 0 |
_aControl y vigilancia de la superintendencia de sociedades a las cámaras de comercio en el cumplimiento de sus funciones públicas en los periodos 2022 - 2023 / _cValentina González Olaya; Asesor de tesis Germán Alfonso Lopez Daza |
256 | _aDatos electrónicos (1 archivos:625 MG) | ||
264 | 1 |
_aNeiva: _bUniversidad Surcolombiana; _c2024 |
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300 |
_a1 CD-ROM (29 páginas); _btablas o cuadros; _c12 cm |
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336 |
_2rdacontent _atxt _btxt |
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337 |
_2rdamedia _ac _bcd |
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338 |
_2rdacarrier _acd _bcd |
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347 |
_2rda _atxt _bpdf |
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502 |
_aTesis _bEspecialista en derecho administrativo _cUniversidad Surcolombiana. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Especialización en Derecho Administrativo. _d2024 |
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505 | _aIntroducción -- Antecedentes históricos de las cámaras de comercio y su marco normativo en Colombia, antecedentes históricos de las cámaras de comercio, marco normativo de las cámaras de comercio en Colombia -- Facultad sancionatoria de la superintendencia de sociedades para las cámaras de comercio -- Sanciones administrativas impuestas por la superintendencia de sociedades a las cámaras de comercio en el 2022 y 2023, número y discriminación de las sanciones administrativas impuestas a las cámaras de comercio en el 2022 y 2023, sanción a la cámara de comercio de Cúcuta (CCC), sanción a la cámara de comercio de florencia para el Caquetá (CFCC), sanción a la cámara de comercio de montería (CCM), sanción para la cámara de comercio de Medellín para antioquia (CCMA), sanción cámara de comercio de Villavicencio (CCV) -- Conclusiones | ||
520 | _a"Las Cámaras de Comercio son entidades privadas, corporativas, gremiales y sin ánimo de lucro, que desempeñan funciones públicas de registro delegadas por la ley. Estas funciones se regulan estrictamente, según el D. 1074/2015, Art. 2.2.2.38.1.1. Entre sus tareas se incluyen la administración de registros públicos como el mercantil, de entidades sin ánimo de lucro, de proponentes, el Nacional del Turismo y el de Operadoras de Libranza, siguiendo directrices legales claras, sin discrecionalidad. La Ley 2069 de 2020 (Ley de emprendimiento) modificó la autoridad de inspección, control y vigilancia sobre las Cámaras de Comercio, trasladándola de la Superintendencia de Industria y Comercio a la Superintendencia de Sociedades desde el 1 de enero de 2022. Este cambio busca facilitar y apoyar a los emprendedores. La Superintendencia de Sociedades supervisa las Cámaras de Comercio en aspectos administrativos y contables, asegurando el cumplimiento de leyes, estatutos y directrices. También revisa los registros públicos que gestionan y tiene la autoridad para resolver apelaciones contra actos de inscripción registral. Además, puede imponer sanciones que van desde multas hasta la suspensión o cierre de las Cámaras, y puede solicitar la remoción de funcionarios cuando sea necesario. Dada la amplia autoridad de la Superintendencia de Sociedades sobre las Cámaras de Comercio y las significativas consecuencias de sus decisiones, surge la preocupación sobre si las decisiones administrativas tomadas entre 2022 y 2023 se han ajustado al principio de proporcionalidad, o si, por el contrario, han sido excesivas y arbitrarias." | ||
700 | 1 |
_963249 _aLópez Daza, Germán Alfonso _eths |
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082 | 0 | 4 |
_221 _aTh EDA 058 |
650 | 0 |
_9158829 _aDerecho Administrativo - Superintendencia de Sociedades _xControl y Vigilancia |
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942 |
_2Local _cCD _hTh EDA 058 _kTh |