000 nam a22 7a 4500
999 _c47707
_d47707
005 20220919093951.0
008 220914e2022 ck |||fsm||| 00| 0 spa d
040 _aCO-NeUS
_bspa
_erda
041 _aspa
100 1 _9152398
_aGómez Becerra, Edernan
_eaut
245 1 0 _aCumplimiento de sentencias judiciales sobre derechos pensionales a cargo de entidades públicas /
_cEdernan Gómez Becerra; Asesor Germán Alfonso López Daza
256 _aDatos electrónicos (1 archivos:305 MG)
264 1 _aNeiva:
_bUniversidad Surcolombiana,
_c2022
300 _a1 CD-ROM (21 páginas);
_bsin ilustraciones;
_c12 cm
336 _2rdacontent
_atxt
_btxt
337 _2rdamedia
_ac
_bcd
338 _2rdacarrier
_acd
_bcd
347 _2rda
_atexto
_bpdf
502 _aTesis
_bEspecialista en Derecho Administrativo
_cUniversidad Surcolombiana. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Especialización en Derecho Administrativo.
_d2022
505 _aIntroducción -- Resumen -- Del cumplimiento de fallos judiciales a cargo de entidades públicas, concepto de sentencia judicial, antecedentes legislativos, legislación actual -- De los cambios introducidos por el Artículo 98 de la Ley 2008 de 2019 -- El cumplimiento de fallos judiciales en Colombia a cargo de entidades públicas en asuntos relativos a derechos pensionales tras la sentencia C-167 de 2021, entidades públicas para las que no aplican los 10 meses de plazo para cumplir sentencias judiciales, condenas a entidades públicas en asuntos pensionales deben cumplirse sin el plazo de 10 meses -- Conclusiones
520 _a"El cumplimiento de fallos judiciales a cargo de entidades del Estado goza de unos plazos y términos laxos en virtud de los mandatos del Legislador contenidos en el Código General del Proceso (CGP) y en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Esto en términos absolutos a partir de la entrada en vigencia del artículo 98 de la Ley 2008 de 2019. A pesar de lo descrito, y tras la declaratoria de inexequibilidad de la disposición, surgen alternativas y matices para exigir el cumplimiento inmediato –una vez ejecutoriada la sentencia contra la entidad de derecho público-. Esto está ligado a la naturaleza jurídica de la entidad estatal condenada, a la jurisdicción donde se tramitó el proceso y a que la causa verse sobre derechos pensionales y/o de la seguridad social."
700 1 _963249
_aLópez Daza, Germán Alfonso
_eths
082 0 4 _221
_aTh EDA 09
650 0 _9152399
_aDerecho Administrativo
_xDerecho Pensional
650 0 _9152400
_aCódigo General del proceso
_xEntidades públicas
942 _2Local
_cCD
_hTh EDA 09
_kTh