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040 _aCO-NeUS
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_erda
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_aVargas Ortiz, Blanca Cecilia
_eaut
245 1 0 _aPrincipio de equidad tributaria en el sistema preferencial del impuesto de industria y comercio en Neiva /
_cBlanca Cecilia Vargas Ortiz, Juan Diego Solórzano Horta; Director Ignacio Ramírez Charry; Asesor Ricardo León Castro Zamora
256 _aDatos electrónicos (1 archivos:1232 MG)
264 1 _aNeiva:
_bUniversidad Surcolombiana,
_c2020
300 _a1 CD-ROM (46 páginas);
_bsin ilustraciones:
_c12 cm
336 _2rdacontent
_atxt
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337 _2rdamedia
_ac
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338 _2rdacarrier
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347 _2rda
_atexto
_bpdf
502 _aTesis
_bMagíster en Gerencia Tributaria
_cUniversidad Surcolombiana. Facultad de Economía y Administración. Maestría en Gerencia Tributaria.
_d2020
505 _aResumen -- Antecedentes del proyecto, hechos e ideas, planteamiento del problema, hipótesis, ordenamiento de la hipótesis, objetivos, general, específicos -- Justificación de la investigación -- Marco referencial, conceptual, normativo, trabajos desarrollados -- Diseño, clase de investigación, metodología utilizada en el proyecto, muestreo, instrumentos y técnicas de investigación -- Recursos, cronograma -- Recolección y presentación de datos, datos recolectados para la situación problema, datos recolección para el modelo de análisis, resumen de los datos recolectados -- Análisis y resultados --Conclusiones
520 _a"El sistema preferencial del impuesto de industria y comercio autorizado por el artículo 346 de la Ley 1819 de 2016, fue desarrollado en el municipio de Neiva, mediante el acuerdo 028 de 2018, a partir del artículo 88, con la particularidad de aplicar a personas naturales comerciantes con ingresos no mayor a $53.411.000. Este modelo de tributación obligatorio se caracteriza por liquidar de manera consolidada en una tarifa fija en UVT el impuesto de industria y comercio, su complementario de avisos y tableros, y la sobretasa bomberil independientemente del volumen de ingresos que perciba el contribuyente. De acuerdo a lo anterior, se pregunta, si la estructura del sistema cumple con el principio de equidad en materia tributaria, al no contemplar tarifas diferenciales, ni tener en cuenta el volumen de ingresos de los sujetos pasivos. Para la ejecución del trabajo se acudió a información suministrada por la secretaría de hacienda, realizando una comparación entre la tributación del régimen actual con el anterior, para así determinar la distribución de la carga y validar la hipótesis, la cual corresponde a que no se cumple el principio de equidad. Una vez procesados los datos y analizada la información, se obtiene como resultado según la muestra tomada, que no se cumple el principio de equidad en materia tributaria en el sistema preferencial del impuesto de industria y comercio, ya que los pequeños contribuyentes deben asumir una carga más alta que los de mayor capacidad contributiva dentro del mismo rango de ingresos para pertenecer al sistema."
700 1 _9145253
_aSolórzano Horta,Juan Diego,
_eaut
700 1 _976923
_aRamírez Charry, Ignacio,
_edrt
700 1 _935823
_aCastro Zamora, Ricardo León
_eths
082 0 4 _221
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_aGerencia Tributaria
_xPrincipio de equidad
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_aImpuesto
_xIndustria y Comercio
_zMunicipio Neiva - Huila
942 _2Local
_cCD
_hTh MGT 01
_kTh